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EL PODER EN LA CRITICA

LECTURA DE "GANARSE LA MUERTE", de Griselda Gambaro

 

INFORME

Para conocimiento de: S.E. EL SEÑOR SUBSECRETARIO DEL INTERIOR

Producido por: PUBLICACIONES

ASUNTO: Novela

ORIGINADO POR: SIDE

TITULO: "GANARSE LA MUERTE"

AUTORA: Griselda GAMBARO

EDITADO POR: "Ediciones de la Flor"

IMPRESO EN: "Talleres Gráficos GARAMOND S.C.A."

FECHA: Julio 1976

 

1. IMPRESION GENERAL. Es una obra asocial, dado que trata de mostrar a ésta y a través de sus personajes, como un lugar donde impera el hiper-egoísmo e individualismo, donde no cuentan ninguno de los valores superiores del ser humano y sí las lucubraciones y actos para lograr la satisfacción de sus bajos instintos.

 

2. PARRAFOS SALIENTES. Estos se pueden subdividir en cuatro grandes grupos, los que lesionan: la sociedad; la condición humana; la familia; las instituciones armadas y el principio de autoridad.

2.1. La Sociedad

2.1.1. Divide a ésta en torturados y torturadores (pág.9), así como también, y en forma sarcástica, entre gente superior e inferior (pág.101), también y de la misma forma entre civiles y militares (pág.107).

2.1.2. Manifiesta: "Sentía que procedía justamente, la justicia no da opción, pero como los guardianes que matan a sus prisioneros, no contento, no se podía sentir contento (sic). Esta maldita condición humana, pensó, cambiando el garrote a la otra mano" y "Así era la balanza de la vida, ciega, resarciendo a quien no lo merecía. Algún loco había establecido el desequilibrio natural desde el origen, y sólo alguien más loco podría pensar en subsanarlo. Y sin embargo, él lo había intentado. Y el fracaso era la respuesta" (pág.122).

2.1.3. Ataca e ironiza a los ricos: "El veterinario musitaba al oído del tipo con dinero, que lo escuchaba seco, displicente e interesado, como todos los que tienen plata y consideran la posibilidad de tener más" (pág.148).

2.1.4. Da también un principio determinista y caótico a la vida: "También él sufría, pero no estaban solos en el mundo. Alguien tiene que pagar por todos, voluntaria o coercitivamente alguien siempre paga por todos" (pág.150) y "No acusaba a nadie, te traje al mundo y te largo, así era la vida" (pág.156).

2.2. La condición humana

Esta es mostrada en forma extremadamente negativa, pareciendo que tratara de sostener la teoría, que el ser humano por naturaleza es ruin, egoísta, desalmado, etc.

2.2.1. Esto se ve en toda la obra y por ejemplo en el siguiente párrafo: (luego de haber atropellado a una niña) "El auto frenó en seco con un chirrido de neumáticos. El conductor abrió la portezuela, demudado, y corrió. Una mujer que lo acompañaba, igualmente pálida, bajó detrás de él ... El conductor enderezó las antena de la radio, que se había torcido en el imprevisto encuentro con el obstáculo y giró alrededor del coche. En la tercera vuelta, respiró: No se advertía ninguna abolladura sobre la chapa flamante. Palmeó suavemente a la mujer ... —No pasó nada— dijo" (pág.144).

2.2.2. También en las siguientes actitudes: 1º) También Cledy bufaba e increpaba por haber traído esos dos clavos a la casa (refiriéndose a sus segundos padres) así como también se alegró con su muerte, dado que habían dejado de molestar con su agonía; tanto anularse en beneficio de los semejantes ¿sirve de algo? 2º) "¡Se murió la estúpida! ¡Se murió la estúpida!— Gritaron los niños festejando alborozados". (pág.191) (con referencia a la muerte de su madre —Cledy—).

2.3. La familia

2.3.1. Enloda a la mujer y a todo lo que ella representa: "Las madres no sirven para nada, salvo quizás para engendrar, si este trabajo le hubiera tocado a los hombres, no sólo poner el semen, sino recibirlo, concebir, aguantar el feto nueve meses en el vientre y parir virilmente, el resultado hubiera tenido más precisión". (pág.142)

2.3.2. Para apreciar el ataque a la familia y a la moral es suficiente conocer el relato de la serie de trances que debe soportar el personaje principal: A los quince años mueren sus padres, es llevada a un orfanato donde es acosada por una lesbiana y violada por otra, luego en la fiesta de bodas es desnudada y filmada por los camarógrafos de la televisora que trasmitía la boda, luego es objeto —por parte de su suegro— de un uso sexual continuado ante la complacencia de su marido —que tenía relaciones con su propia madre— (pasado el tiempo el suegro se lamenta: "y para colmo, concluyó, no podía penetrarla. El pujante cañón de antaño apuntaba imperturbable hacia el suelo, insensible a los contactos, a las lisonjas mentales, a las amenazas").

2.4. Las instituciones armadas y el principio de autoridad

Como en los anteriores casos, en éste, trata de trasuntar una visión —de las instituciones armadas— que por vía de la descripción irónica de hechos, actos y actitudes desnaturaliza el principio de autoridad, ya sea genérica o específicamente en éstas.

2.4.1. Baste para ejemplificar esto los siguientes párrafos:

—"El militar, muy alterado por la falta de autoridad y el vacío de poder, se sirvió un sandwich y se lo comió marcialmente, de un bocado. El sandwich hizo ¡pum! y le cayó como una bomba en el estómago. Cayó ahí mismo redondo al suelo, pero sin un gemido. Tuvo tiempo de decir: —¡Viva la patria!— y fue ascendido post-mortem" (pág.106).

—"Suerte que el militar estaba muerto, sino, quién sabe lo que hubiera pasado, cualquier cosa. El reglamento lo preveía todo: ¡Semejante acto de indisciplina! (pág.110).

—"Sólo algunos inconscientes, por lo general muchachos, cuando moría alguien, inexplicablemente, de un síncope en la comisaría, o muchos acribillados a balazos en una fuga, hacían manifestaciones en la calle, alborotaban hasta que les rompían los huesos. ¿Y no era lógico, en cierta forma? ¿Qué justificación hay para el escándalo?" (pág.181).

2.4.2. Y las siguientes actitudes:

—Un guardia lucubraba ante la disyuntiva de matar o no (por placer) y concluye que es mejor no matar (por razones de comodidad) pág.11)

—Uno de los personajes se lamenta de la ineptitud de un guardia, que sólo había ametrallado unos cuantos (pág.56).

—La disciplina le impedía a un militar el ser afectuoso (pág.103).

—"Es más fácil obedecer que desobedecer" (pág.139).

—"Y como el hombre, entontecido por la pena, no se decidía, eligieron extremistas (para imputarles un homicidio), lo más acertado, a fin de cuentas, porque así estaban seguros de no cometer injusticia alguna" (pág.193).

2.5 Alusión extemporánea

Realiza una alusión crítica al anterior gobierno durante el cual probablemente la obra fue escrita, —pero que el lector desprevenido puede pasar por alto la inferencia a éste (sic).

—"El presupuesto disminuía de año en año, el país progresaba, lenta pero armoniosamente, se atendían las necesidades más urgentes.

La soberanía, la polución del aire, por ejemplo, aunque los niños fueran siempre los más privilegiados: tenían toda la vida por delante" (pág.59) y luego afirma "Pero cada vez había más niños famélicos y abandonados" (pág.69) y también "A Horacio lo habían echado del trabajo. Abruptamente y en la peor época de desempleo, prescindieron de sus servicios" (pág.84).

 

3. FINALIDAD DE LA PUBLICACION

Esta se desprende de los párrafos salientes (2.) donde se socavan los valores aludidos mediante un tratamiento cuasi pornográfico o sea que, utilizando una línea "liberada", se atacan los valores fundamentales en la sociedad.

Lo que se ve corroborado en la nota de tapa final: "Aquí se cuenta la cruel peripecia de una muchacha que es elevada a la felicidad y sumida en la tragedia por lo que aparenta ser la insobornable fortuna, siendo en realidad la represión institucionalizada por el sistema en la familia y usada para transmitir valores aceptados. En esa Cledy que va del orfelinato al matrimonio, del incesto a la humillación, del goce al sufrimiento, todo sin transiciones, sin ninguna explicación, hay no sólo un modelo de la condición femenina de nuestro tiempo sino también de la de todo aquel que por su origen y posición en el mundo debe ser objeto de una historia que no entiende y que no le permiten protagonizar".

 

4. DE LO INMORAL A LO SUBVERSIVO

4.1. Sabido es que uno de los modus operandi de la subversión -terrorista-, es el de tratar de socavar los valores morales de la población, preparando así un terreno propicio a la captación ideológica.

4.2. Pero también es sabido que desde que el tiempo es tiempo han existido manifestaciones inmorales que han sido objeto del repudio social. Ya por ejemplo en Grecia existía la figura de los éforos y en Roma la del censor, encargado de velar por las mores maiorum aplicando la tacha de infamia.

Así a lo largo del tiempo y el espacio las sociedades han repudiado lo que va en contra de sus costumbres, arbitrando los medios necesarios para que esto no sucediera.

4.3. Si bien la connotación de subversión (4.1.) dista mucho de la subversión de los valores morales, que ha existido desde antaño (4.2.). Se puede pensar que la subversión (4.1.) muy hábilmente, ha tratado de enmascarar a ésta en la ya conocida, siendo utilizada de esta forma.

Esto presenta un problema de deslinde por dos causas: por el bien jurídicamente tutelado y por el órgano.

4.3.1. Por el bien jurídicamente tutelado: es éste una vez clarificado el que nos va a determinar el órgano. Dado 4.1. y 4.2., es posible encontrar que el bien jurídicamente tutelado; en la acepción 4.1. sería: la seguridad, o sea que todo lo inmoral que tenga una causa fuente en los propósitos de la subversión (connotación actual, 4.1.) sería lesivo a la seguridad; y en la acepción 4.2. (trabajando por exclusión) encontraríamos que todo lo que no esté encuadrado en el supuesto 4.1. lo estaría en el 4.2., entonces —en este caso— el bien jurídico protegido sería: las costumbres, la conducta del individuo.

4.3.2. Por órgano: como ya se expresara, una vez determinado el bien jurídicamente protegido la determinación del órgano es harto sencilla.

En ese caso de la seguridad: el órgano que tiene el poder de policía (según la Ley de Ministerios) en esta órbita es el Ministerio del Interior.

En el caso en que el bien jurídicamente protegido fuera las costumbres (y específicamente en lo relativo a publicaciones y espectáculos públicos) el órgano que tiene el poder de policía es la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y los Gobiernos Provinciales (ver memorándum del 6 de abril de 1976, producido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio del Interior).

4.4. Otro tema, es ya el de la obscenidad, reprimida por el art. 128 del Código Penal, que sanciona con prisión de dos meses a dos años al que publicare, fabricare o reprodujere, libros, escritos, de dicho carácter.

Según la jurisprudencia debe entenderse por obsceno: todo aquello que tiene por finalidad ensalsar lo erótico y lo lúbrico y que tiende a incitar los instintos groseros y/o los bajos apetitos sexuales, ultrajando el pudor público y las buenas costumbres.

La diferencia entre lo obsceno y lo inmoral, es cuestión de grado, constituyendo delito la publicación obscena y contravención municipal las publicaciones inmorales; en el entendimiento que todo lo obsceno es inmoral, pero no todo lo inmoral es obsceno.

4.5. Clarificando entonces, el hecho de que una vez que se determina el bien jurídicamente protegido se logra la determinacíon del órgano.

Para lograr un correcto y aproximado deslinde entre los conceptos 4.1. y 4.2. es necesario precisar pautas (de las que su buena o mala determinación y apreciación, va a depender la existencia o no de conflicto de poderes).

Estas pautas deben ser cotejadas ante una teoría finalista, o sea, es preciso determinar la finalidad de la publicación (luego de su lectura y análisis) y ante ésta sí ya se puede trabajar con las pautas.

Estas pueden ser:

—Acepción 4.2.: cuando la impronta característica es el hedonismo, o sea la inmoralidad por la inmoralidad misma, el placer por el placer mismo; cuando no hay otro fin que el de ser licenciosa, etc. O sea cuando nos encontramos ante un caso donde la inmoralidad es un fin en sí misma, donde lo que se exacerba es el placer, el goce sensorial.

—Acepción 4.1.: Como ya se expresara, ésta guarda una relación de género a especie con la acepción 4.12.

Sí es subversión en esta acepción una publicación que por vía de lo inmoral trata de provocar desprecio por la vida, la sociedad, la condición humana, la familia, los valores éticos, la tradición nacional, etc., lo que puede lograr negando estos valores o afirmándolos en forma deformada o elíptica, apelando siempre a la sutil interpretación del lector, En síntesis: nihilismo hacia los valores propios del ser nacional (objetivos 2.2. y 2.8. del P.R.N.).

 

5. CONCLUSIONES

La obra en sí, tiene un muy buen nivel literario y se encuentra correctamente balanceado lo metafórico de lo real; de lo que se deduce que la autora es una "escritora" —en el sentido técnico de la palabra.

Por sí pareciera que no emite juicio de valor, pero sí lo hace negativamente y por rebote cuanto trata el tema "militares y principio de autoridad" 2.4. y en la "Alusión extemporánea" 2.5.

De lo que no hay ningún lugar a dudas, es que la obra es altamente destructiva de los valores, con la peligrosa característica de haber sido realizada con la maestría propia de quien fuera calificada como lo fue.

Tampoco es necesario discurrir en profundidad para darse cuenta que este ataque a los valores, y la forma en que es realizada, coloca a la obra en un tipo de inmoralidad con trasfondo subversivo (4.1. y cctes.) —no encuadrable en una inmoralidad pura y simple (4.2. y concordantes) ni en el artículo 128 del Código Penal (4.4.). Dado que como se viera la intencionalidad de la obra —y la que le adjudican sus editores (ver nota tapa final)— es la de producir nihilismo hacia los valores propios del ser nacional, por la vía de la destrucción de éstos en la sociedad, la condición humana, la familia, las instituciones armadas y el principio de autoridad. Dado que el exponer las lacras humanas exclusivamente, y sin proponer elementos compensadores, no ubica a la obra en lo que podría haber sido -pero no lo fue- un trabajo de crítica social constructiva.

 

6. PROPUESTA

Como ya quedara demostrado, esta es una publicación que afecta la seguridad —por su inmoralidad subversiva (acepción 4.1.)- y por lo tanto pasible que le sea aplicado el artículo 23 de la Constitución Nacional prohibiendo su distribución y venta.

6.1. Pero es dable tener en cuenta ciertas circunstancias de orden político:

6.1.1. El diario "La Nación" —del día domingo 6 de febrero (ver anexo 2)— en una encuesta titulada "Teatro y literatura" consulta a la autora respecto de estos temas, junto con otros escritores de reconocida fama, lo que hace suponer que Griselda Gambaro reviste esta categoría. Por lo cual es probable que la adopción de una medida como la propuesta, en conjunción con otras ya adoptadas o en vías de serlo, produzca cierto malestar en el ambiente literario.

6.1.2. Esto también se ve corroborado a la luz de las opiniones —res-pecto de la autora— de Kive Staif (actual director del Teatro Municipal General San Martín) vertidas en el diario "La Opinión" y reproducidas en la tapa final del libro.

6.2. Otro tema es el de la editorial, la que por dos circunstancias se encuentra pasible de ser clausurada; porque:

6.2.1. Es reincidente en este tipo de literatura, dado que por decreto Nº 629/77 se prohibió la distribución, venta y circulación del libro "Cinco dedos", perteneciente a dicha editorial.

6.2.2. Avala lo que hace la autora, por editarlo, y por expresarlo en la presentación de la tapa final.

T. Cnl. (R) JORGE E. MENDEZ. Publicaciones.

 

 

 

DECRETO 1101/77

Buenos Aires, 26 ABR 1977.

VISTO las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por el artículo 23 de la Constitución Nacional, durante la vigencia del estado de sitio, y CONSIDERANDO:

Que uno de los objetivos básicos fijados por la Junta Militar en el acta del 24 de marzo de 1976, es el de restablecer la vigencia de los valores de la moral cristiana, de la tradición nacional y de la dignidad del ser argentino.

Que dicho objetivo se complementa con la plena vigencia de la institución familiar y de un orden social que sirva efectivamente a los objetivos de la nación.

Que del análisis del libro "Ganarse la muerte" de Griselda Gambaro, surge una posición nihilista frente a la moral, a la familia, al ser humano y a la sociedad que éste compone.

Que "Ediciones de la Flor" comparte el agravio al sistema familiar, como medio para transmisión de valores, y es contumaz en la difusión ideológica destinada a agraviar las instituciones.

Que actitudes como éstas constituyen una agresión directa a la sociedad argentina concretada sobre los fundamentos culturales que la nutren, lo que corrobora la existencia de formas cooperantes de disgregación social, tanto o más disolventes que las violentas.

Que una de las causas que sustentaron la declaración del estado de sitio, fue la necesidad de garantizar a la familia argentina su derecho natural y sagrado a vivir de acuerdo con nuestras tradicionales y arraigadas costumbres.

Que, conforme lo ha admitido reiteradamente la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el secuestro de una publicación y la clausura de una editorial se encuentran dentro de las facultades privativas del poder ejecutivo nacional, acordadas por el mencionado artículo 23 de la Constitución Nacional.

Por ello, El Presidente De La Nación Decreta:                                                                 

                                                                                                                                                                          

ARTICULO 1º.- Prohíbese la distribución, venta y circulación, en todo el territorio nacional, del libro "Ganarse la muerte" de la autora Griselda Gambaro, editado por "Ediciones de la Flor" y secuéstrense los ejemplares correspondientes.

ARTICULO 2º.- Dispónese la clausura, por el término de treinta días, de "Ediciones de la Flor SRL" con domicilio en Uruguay 252, 1º "B" de Capital Federal.

ARTICULO 3º.- Lo dispuesto en el artículo anterior no impedirá la realización de las tareas administrativas, inherentes a "Ediciones de la Flor S.R.L.".

ARTICULO 4º.- La Policía Federal dará inmediato cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto.

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Decreto Nº 1101. Grl. Bg. Albano E. Harguindeguy, Ministro del Interior.[Hay más firmas ilegibles.]         

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